Lambruschini y Rusconi -uno de los abogados preferidos de Cristina Fernández-, defensores de José Angel Allende, cuando iban llegando ayer a Tribunales.
(de ANALISIS)
El ex diputado provincial y ex secretario general de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) durante casi 20 años, José Ángel Allende, no se sentará todavía en el banquillo de los acusados, pese a que ya estaba definida la fecha para el primer juicio oral que debía afrontar, este 20 y 21 de abril. Debe responder por las tres causas penales que tiene en trámite en la Justicia, luego de que tres tribunales le denegaran la vía más rápida para zafar de esos compromisos: el juicio abreviado. Un informe del programa televisivo Cuestión de Fondo (Canal 9 Litoral) efectúa un repaso del actual estado de dichas investigaciones judiciales.
A lo largo de casi 20 años, José Ángel Allende acumuló cuatro investigaciones penales en la Justicia:
- el fiscal Leandro Dato tramita la denuncia por amenazas en contexto de violencia de género por parte de la ministra de Salud, Sonia Velázquez;
- el fiscal Álvaro Piérola, está a cargo de la denuncia por amenazas que presentó el periodista Martín Carboni;
- la fiscal Laura Cattáneo llevó adelante las investigaciones penales por enriquecimiento ilícito y negociaciones incompatibles con la función pública, que involucraron a Allende, su pareja Adriana Sattler, su ex esposa Diana María Cristina Traverso, y sus hijos, Julio, Victoria y Carolina Allende.
El estado de las causas
* Amenazas a Carboni
La denuncia por amenazas del periodista Martín Carboni tenía nueva fecha de juicio oral y público. Estaba previsto para el 20 y 21 de abril próximo, a las 17 horas, en el Salón 1 de Tribunales.
El Tribunal estará compuesto por Gustavo Pimentel, Rafael Cotorruelo y Alejandro Grippo. La acción acusatoria estará a cargo del fiscal Álvaro Piérola, mientras que la defensa será ejercida por Leopoldo Lambruschini y Maximiliano Rusconi.
Cabe resaltar que era la segunda vez que se definía una fecha para debate: la primera vez estaba prevista para el 29 de junio de 2018, pero el debate se suspendió y el caso derivó en el frustrado abreviado.
Ahora, por un pedido del abogado defensor de Allende, Maximiliano Rusconi, que debe viajar al exterior en esa fecha, el juicio se postergó una vez más y la fecha es incierta.
* Amenazas a la ministra de Salud, Sonia Velázquez
La denuncia por amenazas en contexto de violencia de género presentada por la ministra de Salud, Sonia Velázquez, está a cargo del fiscal Leandro Dato. Por la querella particular, representa a la funcionaria, la abogada Fernanda Vázquez Pinasco. Los abogados de la defensa son Leopoldo Lambruschini y Maximiliano Rusconi.
Al rechazar el acuerdo de juicio abreviado, el juez Garzón reprochó por “errónea” la calificación como amenazas simples que efectuó el fiscal Dato y consideró que se trata del delito de coacciones agravadas, “ya que claramente se imputa amenazas para obligar a otro a hacer algo en contra de su voluntad”.
En esta causa hubo un “contundente informe” favorable a la víctima producido por la Dirección de Asistencia a la Víctima del Delito, que firmó la actual defensora del Pueblo de Paraná, la abogada Marcia López.
“Allende intentó quebrar la voluntad de Velázquez mediante actos de hostigamiento”, dijo el juez Garzón y se alarmó por la ausencia de perspectiva de género en el tratamiento del caso.
En ese contexto, el jueves 7 de abril pasado se desarrolló la audiencia de elevación a juicio de la causa en la que participaron el fiscal Leandro Dato, la querella particular representada por la abogada Fernanda Vázquez Pinasco, y los abogados de la defensa Leopoldo Lambruschini y Maximiliano Rusconi. El único medio presente fue el programa Cuestión de Fondo.
En dicha audiencia, tras escuchar a todas las partes, el juez de Garantías, Mauricio Mayer, aseguró que “no es cualquier causa por la materia de que se trata y por las personas que involucra, una ministra y un ex diputado” con lo cual definió que “es una causa de trascendencia institucional”. Marcó también que “a nivel de la sociedad sobrevuela el tema de la corrupción”.
En ese plano, le pidió a la Fiscalía y a la querella particular que se reúnan para “resolver las calificaciones legales” y lograr un acuerdo en las mismas. “Hay un problema jurídico complejo y como operadores judiciales deben hacer el máximo esfuerzo para que la causa avance y se abra la puerta a un juicio justo”, señaló Mayer y reiteró el pedido para “unificar la acusación”.
Por ello, dispuso un cuarto intermedio hasta este miércoles 13 de abril y en esta instancia el juez rechazó la nulidad planteada por la defensa, aceptó la formulación del hecho que desarrolló Fiscalía y la calificación del delito como amenazas. Por su parte, la querella mantuvo su pedido del delito de coacciones agravadas.
Ante esto, la defensa informó que apelará esta determinación del magistrado, con lo cual vuelve a caer la audiencia de elevación a juicio. Para presentar el planteo de apelación los defensores tienen tres días, y una vez resuelto eso, si se confirma lo dispuesto por Mayer habrá que esperar la definición de una nueva fecha de audiencia lo que dependerá de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA).
Se trata de una nueva dilación para que Allende finalmente pueda sentarse en el banquillo de los acusados para ser juzgado. De este modo, estamos “ante la audiencia de elevación a juicio más larga de la historia”, según dijo una de las partes a este medio.
Testimonios y controversia de las partes
La novedad es la incorporación a la estrategia defensiva de Allende de la figura del abogado porteño Maximiliano Rusconi, reconocido por haber sido defensor del técnico informático Diego Lagomarsino –único imputado en la causa por la muerte del fiscal Alberto Nisman-; abogado de Julio De Vido en las causas por la Tragedia de Once y de la defraudación al Estado nacional en la puesta en marcha de la mina de carbón de Río Turbio; defensor de Lázaro Báez en la causa por el desvío de fondos de la obra pública y de Mariano Macri, hermano del ex Presidente Mauricio Macri, en la causa por defraudación en la tramitación del acuerdo por la deuda de Correo Argentino S.A.
Rusconi es doctor en Derecho de la Universidad de Buenos Aires y miembro del Comité Académico de la Universidad de Palermo. Fue fiscal General de la Procuración General de la Nación, fue funcionario de las Naciones Unidas (Misión de las Naciones Unidas para la Protección de los Derechos Humanos en Guatemala), y fue asesor de la firma DPK Consulting inc., para el mejoramiento de los sistemas de investigación del delito de lavado de activos, en el marco de un proyecto de asistencia de USAID (siglas en inglés de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional).
Al término de dicha audiencia en los Tribunales de Paraná –que se desarrolló en paralelo a la lectura de la sentencia de la causa por delitos de corrupción que condenó al ex gobernador Sergio Urribarri- Rusconi comentó ante las cámaras de Cuestión de Fondo que se trató de “una audiencia preliminar donde lo que se discute es la calificación del hecho y también la prueba”.
“Hemos planteado como defensa que los hechos no están definidos como ilícitos, hay una situación de una discusión; no hemos cuestionado que alguien puede sentirse agraviado en el contexto de una discusión como hay miles en la vida pero no creemos que haya habido un ilícito como una amenaza ni mucho menos una coacción, que es el tipo penal que pretende la querella y que no admite para este caso. Tampoco creemos que hubiera una cuestión de género. Hubo una discusión como muchas veces se da entre un hombre y una mujer pero no creemos que haya habido un contexto de género tal cual como lo define la Convención Belem do Para, la CEDAW (siglas en inglés de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de la ONU)”, explicó el letrado.

“La política pública de la defensa del género es una política que yo mismo en la academia defiendo y respeto mucho, pero un flaco favor le hacemos a las políticas de genero si creemos que cualquier cosa es un tema de género. Eso debilita. Esas son las discusiones que se están teniendo y que el Tribunal debe resolver”, sentenció.
Sobre la posibilidad de ir a juicio oral, el abogado refirió que “así como está definido el hecho, no deberíamos ir a juicio con esa acusación, ni siquiera la que propone el señor fiscal” y argumentó: “Cuando hay un juicio oral tiene que estar definido con precisión el hecho, pero además que ese hecho así definido es ilícito, y esto a nuestro criterio no está definido. Es decir, se relata una discusión, se relata –eventualmente habrá que probarlo o no- algún insulto pero hay miles insultos en la vida que no son delito. El derecho penal es una herramienta que posibilita que a alguien se lo enjaule, no es broma, no cualquier cosa es un delito. Por eso, creemos que así como está definido el hecho no deberíamos ir a juicio”.
Ante ello, planteó que “en todo caso ahora, el fiscal debería tener la posibilidad de ver si redefine el hecho como ilícito, después veremos si está probado o no, pero nos parece que esa acusación como está planteada es nula. Con todo respeto al señor fiscal que hizo lo que pudo, pero no es un problema del fiscal, es un problema de que estos hechos no son ilícitos”.
En contraposición, la querellante Fernanda Vázquez Pinasco reiteró ante Cuestión de Fondo: “Seguimos sosteniendo que la calificación legal es de coacciones agravada porque el imputado le dice que haga y que no haga y si no hace le va a pasar tal cosa y si no hace le va a pasar tal otra, y en este caso particular además de trata de una funcionaria que tiene la posibilidad de asignar funciones o no a una persona, y a esto el imputado lo sabía al momento de hacer lo que hizo”.
“Esa es nuestra teoría del caso y es una particularidad con la que vamos a ir a esta audiencia de remisión a juicio porque Fiscalía dice que son amenazas nada más, mientras desde la querella decimos que son coacciones agravadas”, explicitó la abogada y remarcó que “el juez (Elvio) Garzón acogió también la posición de esta querella diciendo que está mal calificado, es decir que no va el delito de amenazas que tiene una pena mucho menor –de seis meses a dos años de prisión- al de coacciones agravadas (de cinco años en adelante de prisión)”.
Y aclaró: “No es una postura punitivista la que tenemos sino decir que, si este es el hecho que le describieron al señor Allende y al cual le imputaron el delito tiene que aplicarse el artículo de coacciones agravadas”.
Adelantó además que la pretensión de la querella “es una posibilidad de condena con una pena privativa de la libertad de cinco años y para eso tenemos mucha prueba que da cuenta de lo que vamos a llevar al juicio y en esta audiencia de remisión a juicio el juez (de Garantías, Mauricio) Mayer debe decidir cómo vamos a ir a ese juicio: si con la calificación legal de amenazas o de coacción”.
* Enriquecimiento ilícito
La investigación penal comenzó a partir de la denuncia periodística de la Revista ANÁLISIS en 2012 y desde allí pasó nueve años –ya casi 10- por una serie de dificultades técnicas y de voluntad.
Se tramita por el viejo sistema acusatorio, y tras el rechazo del acuerdo de juicio abreviado volvió a manos del juez de Transición, Juan Hipólito Carlín. Ante la jubilación de la fiscal Laura Cattáneo, hoy se desempeña la fiscal Sofía Patat.
Antes del fallido abreviado, se había efectuado una pericia oficial que a entender de las partes no contestaba los puntos necesarios. Por esto, se pidió una nueva pericia. Fiscalía ya elevó su dictamen proponiendo algunos puntos de pericia y un perito de parte.
En este momento se está organizando toda la documentación para reanudar dicha pericia, lo que “se concretaría en breve”, indicaron fuentes tribunalicias allegadas a la causa.
El trámite se ve demorado porque el perito oficial es de Buenos Aires y es necesario reunirlo con los peritos de la defensa y la Fiscalía.
Acuerdo de abreviado
En el acuerdo de abreviado que rechazó el juez Elvio Garzón, Allende reconoció haberse enriquecido con dineros públicos por encima de sus posibilidades y que utilizó a sus familiares para cumplir su cometido.
Ello ocurrió a partir de la adquisición de bienes inmuebles, embarcaciones, automotores, inversiones en plazo fijo y participación en sociedades por montos que no se justificaron en el ahorro disponible para inversión en un total de 4.983.146,14 pesos, lo que dolarizado equivale a la suma de 1.069.841,19.
Una tasación oficial de la justicia, efectuada en 2016, determinó que Allende tenía entonces bienes por más de 2,5 millones de dólares, pese a que algunos inmuebles no aparecieron en el relevamiento realizado en Paraná y Capital Federal. La cifra exacta fue de 2.512.965 dólares.
La fiscal Laura Cattaneo realizó un detalle pormenorizado de los bienes adquiridos por Allende durante los consecutivos períodos que fue diputado provincial entre 1999 y 2016:
- Un semipiso en Torres Cóndor de calle Mitre 699: valuado en 297.192 dólares. Fue adquirido por Diana María Traverso (ex esposa) en fecha 28/06/2007 y donado posteriormente a sus hijos en octubre del 2010. Está a nombre de Victoria, Carolina y Julio Allende.
- Departamento “10 A” en edificio de calle Cervantes y Santiago del Estero: 136.600 dólares
- Departamento “10 B” en el mismo edificio: valuado en 81.800 dólares. Los dos inmuebles están a nombre de José Ángel Allende, sus hijos y la señora Traverso.
- Una casa de más de 340 metros cuadrados en calle Laprida 152: valuada en 378.289 dólares. Adquirido por José Ángel Allende, el 25 de noviembre de 2004, posteriormente donado a sus hijos en diciembre de 2006.
- Una mansión de cuatro pisos en calle Castelli al 10 del Parque Urquiza: valuada en 720.922 dólares
- Un piso en la torre Le Parc de Puerto Madero, CABA: valuado en 536.000 dólares
- Una casa quinta en Sauce Montrull: valuada en 368.162 dólares
- Un yate llamado Quichua, con camarote y hasta una especie de caja fuerte incrustada, que costaría actualmente 55 mil dólares.
- Un yate llamado Guadalupe cuyo valor es de 49.500 dólares, valor dólar de septiembre de 2018.
- Dos inmuebles en Nogoyá y dos terrenos contiguos con mejoras: $21.323.890 pesos equivalente a 559.682,15 dólares.
- Tres terrenos en El Quebracho: valuados en $39.686.446 pesos (equivalente a 1.041.639 dólares)
- Un inmueble en la Isla Puente: valuado en 6.578.893 pesos (equivalente a 172.674,36 dólares). Son 13.700 metros cuadrados (poco más de una manzana), ubicados frente al Club de Pescadores de Paraná, que compró en 2014. La operación la concretó con la abogada María Cristina Mercedes Daneri, quien vendió su parte de la herencia familiar.
Además, quedó demostrado que Allende participó accionariamente de las empresas Haras del Machazo SA, Cardinal Griding SA y Radio La Voz de Nogoyá.
Entre 2016 y tiempos recientes, Allende se desprendió de varios inmuebles transfiriéndolos a familiares o testaferros, que no aparecieron en el relevamiento judicial. Fue el caso del costoso piso de calle 25 de junio (entre Buenos Aires y Santa Fe), por el que le había pagado 160 mil dólares al escribano Héctor Krochik –radicado en Punta del Este, desde la abrupta caída del Banco Cooperativo del Este- ni la propiedad que tenía en calle Courreges.
Tampoco se incluyó la tasación del haras de Nogoyá, donde tiene algunos caballos, ya que la mayoría de los equinos de carrera están en el hipódromo de Palermo, para lo cual debe abonar mensualmente significativas sumas de dinero para su mantenimiento. Y estuvo ausente la radio La Voz que tiene en Nogoyá.
Además, Allende está ligado a través de sociedades con amigos y familiares, con domicilios en el exterior, al negocio financiero y bursátil. Tuvo una empresa en Montevideo y cuentas bancarias que ordenó cerrar cuando la revista ANALISIS consignó su existencia.
También se dedica a la cría de ganado (las estimaciones indican que dispone de entre 3.000 y 5.000 cabezas de ganado en zonas de islas de los departamentos Diamante y Victoria, lo que negocia con tres firmas consignatarias diferentes); al cultivo de cereales y a los medios de comunicación. Está vinculado con el mercado de los medicamentos; con las carreras de caballos y la construcción.
Dispone también de varios modelos de vehículos antiguos, con los cuales participa en competencias en diferentes puntos del país y no duda en fotografiarse sobre ellos en cada jornada automovilística.
Es decir que su patrimonio es muy superior a los 2,5 millones de dólares que figuraban en la tasación.
La cabaña de Allende en la Isla Puente, frente a Paraná, fue lo único que no se quemó cuando se incendió el islote en febrero de 2022.
* Negociaciones incompatibles con la función pública
Allende se enriqueció a través de interpósitas personas y benefició mediante 128 subsidios no reintegrables de la Cámara de Diputados a la Fundación “Esperanza”, entidad que conformó como presidente y secretario desde el 16 de noviembre del 2004.
También fue dirigida por los coimputados Adriana Satler, en su carácter de presidente y Victoria Allende en su carácter de tesorera desde el 20 de octubre del 2007. Así, dicha fundación recibió ayudas económicas por la suma total de 1.358.617,98 pesos desde enero del 2008 hasta diciembre del 2011.
En total, según las pericias contables, Allende se enriqueció en $4.983.146,14 lo que equivale a un valor en dólares de 1.069.841,19, según consta en la causa.
Intento fallido de juicio abreviado
Ya hubo dos intentos de Allende por lograr un acuerdo de juicio abreviado. Lo intentó a fines de 2016 con la clara intención de despegar a sus hijos y su esposa de la causa. Pero esa intentona se frustró por el malestar que generó en el entonces gobernador Serio Urribarri.
El segundo traspié fue en 2020.
El informe del enriquecimiento ilícito, según el escrito final del Gabinete Técnico Contable del Ministerio Público Fiscal, dejó establecido que el ex diputado tuvo un crecimiento patrimonial sin justificar de 1.069.841 dólares.
Por ello fue que se acordó el decomiso de bienes inmuebles, cuyo valor de tasación en dólares es mayor a la totalidad del producido por delito que surge del monto del enriquecimiento no justificado. Por ende, se dispuso el decomiso del inmueble de calle Laprida 152 de Paraná, de más de 340 metros cuadrados y valuado en 378.289 dólares y, a la vez, de su mansión de cuatro pisos en calle Juan José Castelli 10, de 199 metros cuadrados, valuado en 726.922 dólares. O sea que la suma es de 1.105.211 dólares.
A la vez, se le impuso una multa de 3 millones de pesos, que sería el equivalente al 60% del valor del enriquecimiento, en pesos. Y se impone una pena de 2 años y 8 meses de prisión condicional e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
Además, se estableció, como norma de conducta por el plazo de dos años: “la prohibición de realizar cualquier tipo de actos violentos, molestos y/o perturbadores a las víctimas y sus grupos familiares, por sí o por interpósita persona”; “realizar algún tipo de actividad relacionada con la violencia de género y la libertad de expresión” que se determine desde la justicia; “la prohibición de verse involucrado en cualquier comportamiento violento”.
Conclusiones
Con la condena a 8 años de prisión del gobernador Sergio Urribarri y otros ex funcionarios de su gobierno, el jueves 7 de abril la Justicia entrerriana dio muestras de que puede actuar con independencia, que puede juzgar a los políticos poderosos y que puede condenarlos.
Es de esperar que también pueda hacerlo con estas causas que involucran al gremialista más poderoso de la provincia durante más de 20 años. Que finalmente se resuelvan y sea juzgado como corresponde después de tantos años de dilaciones.
Porque la Justicia, si es lenta, no es justicia.





