Texto elaborado por el grupo "Entre Ríos sin corrupción"
(Publicado en Facebook)
El gobernador de la provincia, Gustavo Bordet, promueve la creación de la Fiscalía Anticorrupción. Sin embargo, su fin no es más que la expropiación de la competencia a los fiscales actuales (art. 11 del proyecto de acuerdo al dictamen de la Cámara de Diputados), quienes promovieron 50 causas a nivel provincial, incluida la causa contra un ex gobernador Sergio Urribarri, del partido gobernante.
Consideramos que no es discutible la necesidad de crear esta Fiscalía. Lo criticable es la oportunidad y el uso de este instituto constitucional para promover la impunidad.
Las evidencias de que esta expropiación, sólo tiene por fin la impunidad de quienes ocupan cargos de responsabilidad en la Administración pública son:
1. Selección dirigida: la ley prevé otorgarles mayor puntaje a los abogados de la Administración pública, la mayoría en deuda por su designación con el Poder Ejecutivo dado que, en la mayor parte de los casos, no ingresaron por concurso (art. 5 del proyecto de ley).
2. Las causas actuales deben ser entregadas al nuevo fiscal Anticorrupción, incluida la causa “Contratos” de la Legislatura (art. 11 del proyecto de ley).
3. Simultáneamente al puntaje preferencial, el Poder Ejecutivo busca influenciar aún más la designación, modificando el Consejo de la Magistratura, aumentando la representación de la gobernación. Y, según versiones, también se pretende suprimir algunas representaciones actuales, como la de la Universidad Nacional del Litoral (UNL), que está fuera de la esfera de la influencia provincial. Este proyecto de ley fue introducido mientras se debatía en comisión el proyecto de ley de la Fiscalía Anticorrupción.
4. Las causas de corrupción se prueban con mecanismos técnicos, a cargo de los peritos. Con este proyecto de ley se busca que los peritos sean elegidos por el fiscal Anticorrupción, con una intervención no definida en su extensión y efectos del Consejo de la Magistratura y los colegios profesionales (instituciones, en general, ya obedientes de los intereses del Poder Ejecutivo), condicionando la investigación y expropiando aún más funciones del Ministerio Público, establecidas en la Constitución Provincial (art. 207). En el proyecto original, la designación de estos peritos estaba a cargo del gobernador, en el nuevo se delegó la responsabilidad en el fiscal Anticorrupción que el gobierno espera (como se deduce por este proyecto y el interés de modificar el Consejo de la Magistratura), que le sea complaciente (art. 5).
5. Las causas por las que fue condenado Urribarri, fueron calificadas por varios abogados de la Administración pública, presuntos candidatos a ocupar este cargo, como meras “violaciones administrativas”. Un artículo del proyecto original (art. 7) de la ley, incorporaba esta opinión que busca desplazar al derecho penal de su competencia. Es decir, que el propio Poder Ejecutivo sea el que sancione sus propias irregularidades. Este es, además, el argumento sustancial de la defensa de Urribarri, sus cómplices y los actuales imputados en la causa “Contratos”.





