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Gualeguaychú: ordenan el desmantelamiento de una antena de telecomunicaciones

La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay, receptó una demanda presentada por la Municipalidad de San José de Gualeguaychú. De ese modo, ordenó que cese una obra y desmantelen una antena de telecomunicaciones, a exclusivo costo de las empresas y dentro del plazo prudencial.

El Tribunal aseveró que la construcción de la estructura soporte para antena “fue iniciada sin contar con el permiso ni con la factibilidad del uso del suelo requeridos por las ordenanzas municipales ni tampoco con el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental (EIA), y que las demandadas hicieron caso omiso a la prohibición de continuar con los trabajos dispuesta por la autoridad. Dicho incumplimiento disparó el deber de cesar en su avance, clausurar el espacio y demoler o desmantelar la obra abusiva, sanciones tipificadas en la normativa que rige el poder de policía urbano y ambiental”.

En ese marco, consideró legítimo el acto administrativo que ordenó el desmantelamiento de la obra abusiva y, a su vez, lo tildó de razonable, en tanto juzgó que cabía presumirlo adecuado con el interés público perseguido por la normativa reglamentaria, es decir, con el correcto desarrollo del territorio, y proporcionado para mitigar el potencial peligro derivado de una estructura sobre la que la Administración jamás tuvo la posibilidad de constatar que sea inocua para la salud y seguridad de los vecinos”.

A su vez, el Tribunal autorizó que, frente a la eventual inercia de las demandadas en el cumplimiento de la obligación, el desmantelamiento de la estructura sea ejecutado por el municipio, bajo su responsabilidad, y a costa de las primeras.

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