Conflictos dentro de la Justicia de Paz de Entre Ríos

Consejos vendo y para mí no tengo

Edición
1096

Por Manuel Lazo
Especial para ANÁLISIS

El origen

La Justicia de Paz es desde antaño una de las instituciones de mayor cercanía al ciudadano. Junto con el intendente, los jueces de Paz constituyeron desde los inicios de la organización institucional, los dos funcionarios más solicitados para la solución de problemas, desde los domésticos hasta pequeños conflictos comerciales que no justificaban recargar la actividad de los juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.

Esa comunión entre intendentes y jueces de Paz –uno de clara raíz política y otro judicial ysupuestamente independiente - con el paso del tiempo y las normas que así lo permitieron derivó en que el jefe municipal o el Concejo Deliberante recomendaran al gobernador tres candidatos para que designe uno. El elegido, por arte de magia, pasaba de ser un ahijado político a un idóneo e “independiente” funcionario judicial.

No resulta necesario ser un especialista en temas judiciales para presumir que el teléfono de los jueces de Paz en algunas ocasiones pudiera estar ligado con el del intendente, máxime cuando se los dejaba en condición de “interinos” por largos años. Así, la espada de Damocles sobre su confirmación o no dependía del mandamás político de turno. De allí que acto que convocaba el intendente, acto al que acudía el juez de Paz, como un militante más de sus filas partidarias.

Cuando se aborda la problemática actual, más de uno relata en voz baja aquel conocido cuento de un intendente que preparaba tres notas distintas, llamaba a los tres candidatos por separado y les informaba: “Vos sos mi candidato”. Acto seguido, ensobraba la nota y el candidato regresaba feliz a su casa, jurando fidelidad al caudillo. Obvio, cuando de los tres finalmente era designado quien quiso el intendente desde el primer minuto, éste se excusaba ante los perdedores echándole la culpa al gobernador. Total, Paraná siempre estuvo lejos del interior.

En la comodidad de sus puestos, muchos jueces, en ocasiones legos (esto es que no son abogados), se preocuparon por estudiar y en otros casos navegaron los mares de la tranquilidad dando lugar a infinidad de anécdotas, con un sueldo seguro y con secretarios elegidos que garantizaban paz.

Tiempos de cambio

La situación cambió en el 2008 con la nueva Constitución entrerriana, que en su artículo 286 establece que “los juzgados de Paz legos, pasarán a ser juzgados de Paz letrados cuando se produzcan las vacancias de sus titulares, excepto que estén ocupados por abogados, en cuyo caso la transformación será automática”. En buen romance, si el juez no era abogado permanecería hasta su jubilación siendo reemplazado por un letrado, y para el STJ idéntico criterio se aplica a los secretarios, reemplazantes naturales del primero ante ausencias.

(Más información en la edición gráfica número 1096 de la revista ANALISIS del jueves 16 de mayo de 2019)

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