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Publicidad oficial: más de la mitad de gobernadores no respeta la ley de ética pública

Cuando se anuncia una inauguración oficial, el título de la información de prensa suele llevar el nombre del gobernador o del funcionario a cargo de la gestión. Pero si lo que se debe difundir es un aumento de impuestos, el sujeto indefinido que lo lleva adelante es “la Provincia”. O “la Municipalidad”.

Los argentinos estamos acostumbrados a esta modalidad, que se extiende a comunicados de prensa, difusión en redes, etc., pero también a banners publicitarios, avisos en diarios, videos promocionales y toda clase de publicidad oficial en cualquier plataforma.

El último relevamiento de la Red Ruido, realizado en las 23 provincias argentinas más CABA, arrojó que el 58% de los gobernadores se aprovechan de los fondos públicos -en contra de lo que dice el artículo 42 de la Ley de Ética Pública- para promocionar sus imágenes y/o nombres en la publicidad oficial.

Los 14 gobernadores son: Raúl Jalil (Catamarca), Juan Schiaretti (Córdoba), Gustavo Valdés (Corrientes), Jorge Capitanich (Chaco), Gustavo Bordet (Entre Ríos), Gildo Insfrán (Formosa), Gerardo Morales (Jujuy), Sergio Ziliotto (La Pampa), Ricardo Quintela (La Rioja), Oscar Ahuad (Misiones), Gustavo Sáenz (Salta), Alberto Rodríguez Saá (San Luis), Gerardo Zamora (Santiago del Estero) y Osvaldo Jaldo (Tucumán).

Lo mismo sucede con 13 intendentes capitalinos (54%): Martín Llaryora (Córdoba), Eduardo Tassano (Corrientes), Gustavo Martínez (Resistencia), Adán Bahl (Paraná), Jorge Jofré (Formosa), Inés Brizuela y Doria (La Rioja), Leonardo Stelatto (Posadas), Mariano Gaido (Neuquén), Bettina Romero (Salta), Emilio Baistrocchi (San Juan), Pablo Grasso (Río Gallegos), Norma Fuentes (Santiago del Estero) y Germán Alfaro (San Miguel de Tucumán).

El mapa

¿Qué es y cómo trabaja Ruido?

Qué dice el artículo 42 de la ley 25.188 de Ética en el Ejercicio de la Función Pública:

“La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos”.

Esa norma, aprobada y promulgada en 1999 abarca, según consta en su artículo 1, a “todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal”.

Muchas administraciones en las que no se respeta el artículo 42 se escudan en la doctrina que señala la necesidad de que cada provincia adhiera a una ley nacional para que esta se aplique en ese territorio. Y por eso, si su provincia no adhirió, no consideran ilegal esta práctica.

Para el constitucionalista Rodrigo López Tais, “el universo comprendido por la norma alcanza a todos los empleados y funcionarios del Estado. Lo cual se refuerza cuando la norma indica cuál es la interpretación que debe efectuarse del concepto ‘función pública’”.

“Se deduce, sin mayores esfuerzos, que el hecho de utilizar fondos públicos en beneficio personal para dar publicidad a una persona en particular, es considerado una conducta contraria a la ley”, agrega.

Señala que la norma “debería regir de manera general (sin excepción) por imperio del principio de igualdad ante la ley (Art. 16 de la CN) y una aplicación comprensiva de los capítulos I y II de la misma ley 25.188. Esa interpretación llevaría a la conclusión que (por regla general) el art. 42 de la Ley 25.188 rige para toda persona que ejerza la función pública, tanto en la esfera nacional como en la órbita subnacional (provincias y municipios)”.

El especialista cree que “una interpretación en sentido inverso desvirtuaría los objetivos que tuvo en mira el legislador al momento de sanción”.

Mirá la explicación completa: “Usar fondos públicos para beneficio personal es una conducta contraria a la ley”

Más allá de ese debate jurídico -que podría transformar en ilegal o no esta conducta-, la práctica de utilizar imágenes y nombres propios en la publicidad oficial tiene varias consecuencias:

  • Se promociona a determinados funcionarios con fondos públicos.
  • Afecta la competencia política democrática al suponer una desventaja para la oposición, que no dispone de esa cantidad de recursos para instalarse en la opinión pública.
  • Afecta la transparencia estatal.
  • Todo esto es más visible en épocas de campaña, o cercanas a elecciones o a la definición de candidatos para futuros comicios.

¿Cómo se hizo la investigación?

Durante junio de 2022, el equipo de Ruido relevó avisos oficiales de las 23 provincias argentinas más CABA para determinar si gobernadores o intendentes capitalinos de cada provincia argentina aparecían con su nombre y/o imagen en diarios de papel, periódicos on line, cuentas en redes sociales, TV, radios y/o cualquier plataforma de difusión oficial.

El criterio para considerar que no respetan la norma fue encontrar al menos un ejemplo publicado/difundido entre 2021 y 2022.

Así, se detectaron cientos de publicidades oficiales en las que no se respeta el artículo 42 de la Ley de Ética Pública.

No se tuvieron en cuenta notas o comunicados de prensa, aunque a veces la línea es difusa y en estos casos las gestiones recurren -casi como regla- a citar a los principales funcionarios, para transformarlos en el centro de la noticia. Ellos y ellas son quienes entregan casas, fondos y obras para la ciudadanía, personalizando al máximo la información y volviendo difuso el hecho de que se trata de administraciones y fondos públicos.

El antecedente Urribarri: uso de publicidad oficial para campaña personal

El exgobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri, fue condenado por varios delitos contra la administración pública. En el juicio que se desarrolló entre septiembre de 2021 y abril de 2022, uno de los puntos discutidos fue la utilización de publicidad oficial para promocionar la figura personal.

Se ventilaron cinco causas judiciales por distintos delitos contra la administración pública. El exembajador de Israel fue condenado a 8 años de prisión por negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, y  peculado). Tres de los cinco legajos se elevaron juntos a juicio.

Se denominaron “sueño entrerriano”, en alusión a la campaña presidencial de Urribarri mientras estaba al frente de su segundo mandato provincial. Las tres causas se elevaron juntas porque, según los fiscales que las investigaron, tenían un objetivo común: promover la figura del exgobernador como candidato presidencial. Para eso, según la acusación, disfrazaron de “actos de gobierno” lo que, en realidad, fueron actividades de campaña política.

Según la acusación, se usaron fondos públicos para promover la figura de Urribarri.

Estos fueron los tres hechos que constituyeron tres causas acumuladas:

1) Una solicitada por la unidad nacional, publicada en 2014. Se trata de un texto en el que Urribarri convocó a la unidad nacional y publicó en 18 medios gráficos del país, con fondos del Ministerio de Cultura y Comunicación de la provincia.

2) Cuatro spots publicitarios donde Urribarri, en primera persona, promociona la educación, seguridad y política de vivienda de Entre Ríos. Los spots fueron pagados con dinero presupuestado para la Cumbre del Mercosur que se hizo en diciembre de 2014 en Paraná.

3) El montaje de un parador playero en Mar del Plata, entre diciembre de 2014 y enero de 2015. Financiado con fondos del Ministerio de Turismo de la provincia (con imágenes personales para, supuestamente, promocionar el turismo provincial).

La situación de Entre Ríos

Ruido relevó imágenes de spot oficiales en los que aparece el gobernador de Entre Ríos, Gustavo Bordet:

1) Apoyo a la producción. Corto de YouTube donde aparece Bordet. Marzo de 2021.

2) Pavimentación acceso a Sajaroff. Corto de YouTube de Bordet. 5 de febrero de 2021.

Y otros antecedentes anteriores a la fecha de búsqueda para este informe:

Balance de gestión 2017, corto para TV.

Mensaje de fin de año de Bordet. Pauta publicitaria para TV. Diciembre de 2017.

En cuanto al intendente de la capital (Paraná), Adán Bahl, se registraron:

1) Ciudad en marcha – imagen de intendente Adán Bahl publicada en las noticias del perfil de Facebook de la Municipalidad. 14 de junio de 2022. https://www.facebook.com/photo.php?fbid=399262868906971&set=pb.10006469…

2) Imagen del intendente con mensaje de gobierno, publicada en el Facebook oficial de la Municipalidad. 18 de marzo de 2022. https://www.facebook.com/photo.php?fbid=339596004873658&set=pb.10006469…

3) Construyamos juntos la ciudad – corto de YouTube. 16 de marzo de 2022.

Para consultar el registro de todas las provincias, ingresar al siguiente enlace:

https://elruido.org/publicidad-oficial-la-mitad-de-los-gobernadores-argentinos-no-respeta-la-ley-de-etica-publica/

Diseño: María Pía Reynoso

Infografía: Diego Forti

Desarrollo: Walter Kanqui

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