
Miguel Cullen y Patricio Cozzi defienden a Yanina Lescano, mientras que Carlos Antico defiende a Miguel Cristo.
Por Juan Cruz Butvilofsky - de ANÁLISIS
Los abogados defensores de Yanina Lescano protagonizaron un extenso alegato en el cual argumentaron porque su defendida debe ser absuelta por haber sido víctima de violencia de género de Miguel Cristo. Ambos fueron acusados por fiscalía como responsables de homicidio triplemente calificado de Nahiara Cristo, hija del acusado, fallecida el 7 de febrero del 2019 por una falla multiorgánica producto de más de tres meses de desnutrición, deshidratación y al menos 28 golpes producto de tormentos.
"Todo el juicio se centró en como había sido la conducta de Yanina Lescano", expresó Patricio Cozzi. El abogado fue el encargado de argumentar el pedido que vienen realizando desde el principio para que el Tribunal analice este caso desde la perspectiva de género: "Ha quedado probado que Yanina hizo lo que puede hacer una mujer en esas condiciones. Vamos a solicitar que se analice el hecho en el contexto que se merece".
Cozzi aseguró que "se ha hablado del sentido común -citando a los fiscales- y hay que remplantearse el sentido común". "El sentido común deviene de juicios morales que realizamos y es de donde se desprenden estos prejuicios, preconceptos y estereotipos. Por eso hay que analizar el hecho en el contexto y por eso necesitamos un enfoque y una perspectiva de género", explicó
El abogado aseguró que el Ministerio Público Fiscal (MPF) ejerció violencia institucional contra Yanina Lescano a quien desde el primer momento se optó por "no creerle" en lugar de "escucharla" mientras aseguraba ser víctima de violencia de género. Dijo que los fiscales no llevaron adelante lo que es una "investigación deligente reforzada" que pide la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
"Se preguntó por qué Yanina sonreía en fotos de Facebook como si eso fuese demostrativo de que no era víctima de violencia de género, se indagó como se vestía, peinaba, pintaba y comportaba dos años antes del hecho", ejemplificó sin esconder enojo Cozzi.
Respecto a esta investigación deligente reforzada, Cozzi aseguró que "tiene alcances adicionales cuando se trata de violaciones de derechos contra las mujeres. Pone el foco en la recolección temprana de prueba desde un enfoque de género, que es todo lo contrario a lo que se ha hecho acá". Luego aclaró: "Esto no es sólo cuando se presenta una mujer como denunciante sino que debe aplicarse cuando una mujer es acusada penalmente".
"La falta de investigación con esta perspectiva de género constituye una aceptación de la discriminación de género", agregó y volvió a aclarar: "El Estado puede acusar a la mujer, pero estamos hablando de una deligencia reforzada que debe tener a la hora de investigar y que debe incorporar la perspectiva de género desde el principio", fustigó.
Cozzi aseguró que Lescano introduzco desde un principio su situación de víctima de violencia y recordó que su primer declaración indagatoria se dio en un contexto completamente adverso en el que estaba inmersa Lescano: "La declaración Yanina la hace habiendo recién parido a su bebé. El día anterior le habían hecho transfusión de sangre porque estaba anémica, estaba en sillas de ruedas".
"A Yanina se la privó preventivamente por peligro de fuga. En esa audiencia, Yanina estuvo como media hora para ir al baño, todos lo vieron. Bueno, esa persona se iba a fugar. El fundamento era que no tenía domicilio sirvió para no otorgarle una morigeración y a Yanina la habían despojado del domicilio. Después utilizaron ese despojo como argumento para disponer la prisión preventiva. Ese es el trato que le dio el Estado a la mujer que denunció violencia. Se definió no creerle. Frente al hecho se le antecede un preconcepto, un prejuicio, se define no creerle", explicó.
Cozzi insistió en la relación traumática que tuvo Lescano con el Estado desde su infancia por reiterados malos tratos institucionales y polemizó con el reclamo por no haber denunciado con anterioridad a Cristo: "El 70% de las mujeres víctimas no denuncian. Seas acusada o defendida, esto no lo puede excluir y mucho menos un organismo estatal".
"¿Tenía garantías de protección para irse y denunciarlo? ¿Debía confiar en el Estado, con el que ella siempre problemas desde los 8 años? Ella le dijo a los fiscales lo difícil que fue la situación que derivó en la denuncia de Palma (expareja de Lescano condenado por violencia de género en su contra) y hoy en ese proceso sustenta la acusación por el presunto dominio institucional que maneja. Es una trampa. Las mujeres están estrampadas. Pero tiene que confiar en el Estado, el Estado le exige que confíe en ellos", ironizó.
En esa línea, Cozzi aseguró que "no fue una elección libre la de Yanina, la de quedarse en esa casa" y afirmó: "Se quería ir y no podía". "Le pedía que se vaya y se lleve a la nena con los abuelos y él no se iba", agregó.
"Aunque, supongamos, que sea una elección libre o una decisión autónoma, hay que analizarla dentro de un contexto de incertidumbre y riesgo que no son controlables para la mujer ¿Pensamos que Yanina tenía el control de algo dentro de esa casa? Tenemos elementos de prueba de lo contrario, de que Cristo no se quería ir y que ella no podía irse", aseveró.
Volvió a remarcar que el Estado le exige a Lescano que haya tenido "acciones heróicas". Recordó que en la causa consta como la Policía de Entre Ríos (PER) había acudido al domicilio de Cristo y Lescano en reiteradas ocasiones porque los vecinos llamaban denunciando que "se escuchaban gritos de personas grandes" y que no podían hacer nada sin orden de un fiscal.
"Se escuchaban gritos, hasta la policía iba a la puerta, pero seguimos preguntando por qué no denunció. Y la acusamos y presumimos que ella era capaz de controlar la conducta del agresor y le exigimos que lo haga. Nunca se analizó si estaba al alcance de realizar esa acción mandada que todavía no la sabemos. No sabemos si esa situación habría resultado positiva o escalado más violencia", expresó.
Cullen indagó al respecto, se mostró sorprendido por la acusación fiscal y señaló puntos en común con la defensa de Cristo: "El abogado Antico se vio en la posibilidad de venir y decir: 'Todo lo hizo Yanina'. Eso es porque durante todo el debate se puntualizó en Lescano como victimaria e incluso se llegó a preguntar a varios testigos, como la hermana de Cristo, para que le digan que Cristo no tenía conductas violentas".
"La fiscalía preguntó adrede para que le digan que Cristo no tenía rasgos de violento, mientras que la misma fiscalía acusa a Cristo de haber sido el responsable de matar a golpes y torturas a su hija. Mató a su hija, pero a Lescano no le hacía nada, con ella no era violento", ironizó el otro abogado defensor de Lescano.
Aclaró que defiende a Lescano de "no haber realizado actos tendientes a haber impedido la muerte de Nahiara" para despegarse del escueto argumento del abogado defensor de Cristo (ver más abajo) que señaló a Lescano como responsable material de las torturas contra Nahiara.
Cullen pidió más humildad en todos los actores judiciales y reconoció haber aprendido en este juicio sobre el abordaje de género: "Yo no me hubiese dado cuenta de que el hecho de que un varón tenga los documentos de la mujer puede ser una señal de alerta como nos dijo la testigo experta Raquel Ascencio".
También se refirió a cuando le recriminan a Lescano no haber denunciado: "¿Y qué pasa cuando denuncian e igual las matan? Tendríamos que traer a juicio a los fiscales o a los policías. No, por supuesto que no. Digo esto para que analicemos la realidad de las situaciones. No le quitemos valor a la tragedia y no perdamos de vista que acá hay un monstruo detrás de esto y no se puede pretender decir que esa persona es sólo un monstruo en el caso de Nahiara pero no lo es con el resto su entorno para negar una situación de violencia de género".
Luego, Cullen comenzó a rebatir los argumentos técnicos de los fiscales y criticó que se considere ecuánime la actitud endilgada a Cristo y lo que se le endilga a Lescano: "No es lo mismo abandonar a una persona que causar agresiones. Lesiona el sentido común. Tres integrantes de la Corte Suprema de Justicia lo dijeron en 2003. Son hechos distintos, es evidente. No evitar un resultado típico no equivale a causarlo".
Criticó el delito impropio de omisión -por el que se acusa a Lescano- y alteró las palabras para calificarlo como "impropio delito de omisión". Puso en consideración distintas doctrinas que lo consideran inconstitucional como las que lo defienden, pero aseguró que los fiscales de este caso no fueron específicos a la hora de realizar la acusación. "La fiscalía negó la discusión que hay respecto a esto, aseguraron que es unánime. Omiten todas las doctrinas y libros enteros referidos a los diferentes abordajes sobre el tema", aseguró.
En concreto, volvió a criticar la consideración que equipara la conducta de Cristo con la omisión de Lescano: "No haber denunciado una situación no puede ser lo mismo que golpear o quemar con cigarrillos a una menor". "Nosotros creemos que Yanina Lescano debe ser absuelta por estar inmersa en un contexto de violencia de género, pero si se pensara en que se le debe hacer algún tipo de reproche penal, no lo inventemos, no lo estiremos como un chicle", agregó.
Criticó la constitucionalidad de la pena a prisión perpetua solicitada por los ficales y cargó contra el pedido de cambio en la morigeración en el cumplimiento de la prisión preventiva de Lescano. Cabe recordar que la acusada está bajo arresto preventivo pero domiciliario y los fiscales pidieron que, en caso de que sea hallada culpable, vuelva a la Unidad Penal N°6.
"Los fiscales piden trasladar a una mujer embarazada de su casa a la cárcel en el medio de una pandemia", cargó. Además, dijo que Lescano no representa un riesgo para el futuro procesal y que no hay riesgo de fuga por la limitada situación económica de su defendida como así también los controles que impiden el traspaso de los límites provinciales por el aislamiento social preventivo y obligatorio.
Un alegato machista
El abogado defensor de Miguel Cristo, Carlos Antico, dijo pocas palabras durante el debate oral y sus alegatos no fueron la excepción. La defensa de Cristo fue la que menos tiempo se esplayó para defender a quien es el principal acusado del homicidio de su propia hija en un crimen con características de mucho impacto social.
Básicamente, la defensa de Cristo buscó responsabilizar a Lescano de los hechos que se le atribuyen a su defendido. Es decir, según Antico y a pesar de la prueba que hay en contra de su defendido, fue Lescano la que se encargó de violentar hasta la muerte a Nahiara. El problema del abogado defensor de Cristo está en las pruebas.
"Entendimos desde un principio que los roles que asigna la acusación están invertidos y contrapuestos. En primer lugar, el testimonio de los profesionales médicos que dieron cuenta de las lesiones de la niña, expresaron la presencia de quemaduras aparentemente de cigarrillos y los fiscales dicen que esto es porque alguien fuma en la casa. Sin embargo, el señor Cristo ejerció su derecho a declarar y manifestó que Lescano era devota de San la Muerte y uno al ver esos ritos se puede observar que hacen encendidos de velas, cigarrillos y habanos", dijo Antico.
En esa línea, continuó: "Lescano es quien estaba más tiempo con la niña en la casa porque Cristo era el encargado de llevar la comida y ella se hacía cargo de la casa". Cabe recordar que en la causa quedó acreditado que Cristo no tenía un trabajo estable y sólo se refirió a trabajos sociales que hacía en un movimiento político territorial.
Antico no hizo más que todo defensor de los violentos: victimizar a Cristo: "Así como los fiscales mostraron el dominio institucional de Lescano, ella era la que dominaba el entorno de la pareja". "No estamos en presencia de un contexto de violencia de género que la sindique como una persona que ha sido sometida por su pareja sino que es todo lo contrario", aseveró.
"La familia de Cristo y amigos allegados nunca vieron en Cristo una persona violenta de poder haber realizado las heridas que tenía Nahiara. No nos cabe duda de que la responsable es esta mujer, que es evidente que ha tenido una vida desordenada y que era la que mayor tiempo estaba con ella", profundizó Antico.
Dijo que Lescano "hacía diferencias de trato respecto a Nahiara en comparación con sus hijos biológicos" y que eso era evidencia de la negación de Lescano a que Nahiara integre su grupo familiar. "Cristo era el encargado de hacer su tarea en la calle, trabajar y traer el alimento a la casa. ¿Quién debería ser la persona encargada de cocinar, alimentar, dar agua a los chicos, sino Yanina Lescano?", se preguntó Antico con claro sesgo machista y haciéndo énfasis en que Nahiara murió por desnutrición y deshidratación.
Pero Antico continuó en su raíd elaborado en los preconceptos patriarcales: "La baja estima que tenía Cristo y su carácter apocado, eran por la pareja dominante que ejercía Lescano". Según el abogado, este contexto de dominación de Lescano hizo de Cristo "una persona que acataba todas las diligencias que su pareja manejaba".
"Muchas veces existen causas donde el género masculino pasa por estas situaciones y no se llegan a descubrir porque no hay una legislación que lo contenga como pasa con la violencia hacia la mujeres. Esos actos de violencia que Cristo ha tenido en la pareja, quizá no hayan sido denunciado por temor a esta sensación de disminición o no ser considerado" argumentó.
Considero que Cristo no fue el autor material de las lesiones graves que provocaron el deceso de la niña como tampoco puede imputársele el estado de deshidratación y desnutrición. Para argumentar esto último, citó a las profesionales de salud mental que intervinieron en el análisis psiquiátrico de Lescano en donde caracterizaron a la mujer como una persona tendiente a buscar un rol de sumisión en las parejas por ser víctima de violencia de género y argumentó: "Una mujer que tenía tendencia a estar en una pareja patriarcal y eso demuestra que era ella la que debía suministrarle los alimentos a los niños y no que sea el hombre el que tiene que hacerlo".
Antico pidió la absolución de Cristo por no ser el responsable material de los hechos y que, en caso de que le quepa algún reproche penal, sea el de conductas imprudentes.