
El acuerdo de juicio abreviado contra José Ángel Allende llegó acumulando cuatro causas en su contra: enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles, coacción y amenazasa agravadas por violencia de género en contra de Sonia Velázquez, la ministra de Salud de la provincia.
Justamente, la querella que representa a Velázquez en la persona de la abogada Fernánda Vázquez Pinasco, rechazó fervientemente el acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal (MPF) y la defensa de Allende enrolada en Julio Federik y Leopoldo Lambruschini.
"Este acuerdo se ha gestado como una violación al principio de legalidad y congruencia, se ha modificado la calificación para beneficiar al encartado con una pena menor, por no haber subsumido el hehco de un tipo penal que no se corresponde con la acción descripta. En un claro detrimento de los derechos de Sonia Velázquez", expresó Vázquez Pinasco ante el juez Elvio Garzón.
En esa línea, aseveró: "De hacer lugar a este juicio abreviado se habrá incurrido por el Estado en responsabilidad internacional. Insto a usted Señor Juez, a que rechace el juicio abreviado en estos terminos que ha sido planteado, que haga lugar a la calificación penal que solicitamos que se condice con la descripción del hecho y que ordene la remisión de juicio del legajo que involucra a Sonia Velázquez. Buscamos que nuestra sociedad sea igualitaria, justa y plural".
La abogada aseguró que no se garantizó durante el proceso el derecho de asesoramiento a la víctima y que no se le explicó a la ministra todos los alcances de un acuerdo de juicio abreviado.
Además, aseveró que hay discriminación por no permitir el acceso a la justicia ya que el caso de las amenazas contra Velázquez, al ser enmarcadas en un delito de género, "exige un tratamiento especial soportado en tratados internacionales, la Constitucion, normas locales y fallos internacionales". En esa línea, mencionó la Convención de Belém do Pará.
"Si bien se pueden dar las condiciones normativas para un abreviado, se discrimina a la víctima. La opinión de la víctima es importante y somos querellantes. Nosotras como querellantes nos oponemos a los términos y el modo en que se llevó a cabo este acuerdo".
Vázquez Pinasco aseguró que no están en desacuerdo con el instrumento de juicio abreviado sino que con los términos de este acuerdo en particular, acumulando hechos que "no tienen nada que ver entre sí salvo por su responsable".
La abogada, citó el Código Procesal Penal: "El fiscal debe tener especialmente en cuenta la actitud del imputado con la víctima y su esfuerzo tendiente a la reparación del daño que le hubiere causado, la víctima y/o el equerellante particular tendrán derecho a manifestar su opinión respecto del convenio".
"No hubo ni un acto donde la víctima haya podido acceder al acuerdo abreviado por parte de la acusación y defensa. Se necesita de más actividad por parte del Ministerio Público Fiscal. Estamos de acuerdo con una posible salida de juicio abreviado, pero no en este marco de acumulación de causas que no tienen nada que ver salvo el encartado. No responde a un acto de justicia para con la víctima ni con el interés social de la pena", expresó.