
La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) presidirá este miércoles una audiencia en la que se revisará la situación de Yanina Lescano, actualmente condenada a 16 años de prisión por la muerte de la hija de su pareja, Nahiara Cristo. La misma será en el Salón 1 de Tribunales a partir de las 9.30 de la mañana.
Se llegó al máximo órgano judicial tras una serie de apelaciones de los abogados defensores de Lescano, Patricio Cozzi y Miguel Cullen. Casación le había negado la impugnación extraordinaria y la defensa apeló esa decisión. En septiembre del año pasado, la Sala Penal del STJ entendió que le asistía razón a la defensa para plantear la revisión de la condena contra la mujer.
En representación del Ministerio Público Fiscal (MPF) estarán Ignacio Arramberry, Juan Malvasio y Santiago Brugo, mientras que la querella estará representada por Eduardo Gerard.
Condena a revisar
En mayo de 2020, la Justicia condenó a prisión perpetua a Miguel Ángel Cristo al encontrarlo culpable del delito de homicidio triplemente calificado, por el vínculo, haber sido realizado con alevosía y ensañamiento en contra de su pequeña hija Nahiara, de 2 años; en tanto que a su pareja Lecano le aplicó la pena de 16 años, aunque la consideró culpable de homicidio calificado por el vinculo, halló "situaciones extraordinarias de atenuación", y entre ellos, su historia de vida, haber sido víctima de distintas vulneraciones desde chica, no haber tenido contacto con sus padres biológicos y haber sido sometida a violencia en sus distintas parejas.
Amicus Curiae
En la audiencia de impugnación extraordinaria presentada por los abogados defensores de Yanina Lescano, participará la abogada Cecilia Hopp en representación del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), institución que se encuentra inscripta en el registro de Amicus Curiae.
Amicus Curiae es el procedimiento creado por la Legislatura de la Provincia de Entre Ríos (ley 10464) para la intervención de amigos del tribunal. Son terceros que no forman parte del proceso, pero que en calidad de calificados o expertos en la materia del pleito pueden emitir opinión fundada no vinculante, en defensa de un interés público o de una cuestión institucional relevante.