
El intendente de María Grande, Héctor Solari, emitió este viernes un decreto por el que autoriza “la realización de reuniones familiares y sociales domiciliarias, hasta un máximo de quince (15) personas”. Se trata del segundo municipio que toma esta medida, luego de que esta semana lo hiciera Crespo. En el caso de María Grande, el decreto es “Ad Referendum del Concejo Deliberante de la Ciudad y en consecuencia la presente autorización queda condicionada a la aprobación por parte de ese cuerpo”.
En el Artículo 2º el decreto indica: “La habilitación dispuesta en el artículo precedente no alcanza: A) A las personas que presenten cualquier tipo de sintomatología compatible con el Virus-COVID-19 tales como fiebre, tos seca, disnea (ahogo o dificultad para respirar), congestión nasal, astenia (cansancio), mialgias (dolores musculares), odinofagia (dolor de garganta), anosmia (pérdida del olfato) y/o ageusia (pérdida del gusto), cefaleas o diarreas. B) A quien haya estado en contacto, en los últimos 21 (veintiún) días: b.1) con individuos que hayan presentado los síntomas precedentemente indicados; b.2) con pacientes confirmados de Virus-COVID-19; b.3) con personas que se encuentren a la espera del resultado de un test para Virus-COVID-19. C) A las personas que, en los últimos 15 días, hubieran regresado de zonas de riesgo o donde existiera circulación local del Virus-COVID-19, según la autoridad sanitaria correspondiente.
La personas que incumplieren con lo previsto el presente artículo será sancionado con multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000)”.
En tanto, el artículo 3° señala: “Sin perjuicio de la sanción prevista en el artículo 2, segundo párrafo, del presente, incumplimiento de las condiciones previstas en el presente Decreto, debidamente constatado por la autoridad competente, será penado con una sanción de multa de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda”.