
El gobierno oficializó el protocolo para la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
El “Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo” quedó oficializado a través de la Resolución 1535/21 del Ministerio de Salud, publicada en el Boletín Oficial este viernes, en el marco del Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer.
Se trata del protocolo que establece el procedimiento para acceder a este derecho regulado por la Ley 27.610, sancionada por el Congreso el 30 de diciembre de 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021.
A su vez, se dispone que el protocolo se incorpora al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la atención médica.
La resolución señala en sus considerandos que, mediante la ley de aborto legal, se reguló “el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y a la atención postaborto, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y de otras personas con capacidad de gestar para contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible”, publicó Parlamentario.
Recuerda también que esa norma “se enmarca en los derechos consagrados en distintos Tratados Internacionales, con rango constitucional, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”.
Asimismo, se encuadra en “el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención De Belem Do Para”, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”.
Por otro lado, se resalta que la interrupción del embarazo es “una política de salud pública dentro del conjunto de políticas necesarias para garantizar la salud sexual y reproductiva de las niñas, adolescentes, mujeres y otras personas con capacidad de gestar y, con ella, sus derechos humanos”.
“El aborto ha sido históricamente un problema de salud pública en Argentina, principalmente por las condiciones en que se producían y por las desigualdades geográficas, económicas y sociales. Dichas condiciones de inseguridad provocaron daños en la salud y la vida de las mujeres y otras personas gestantes”, se agregó en los argumentos.