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En noviembre deberá elegirse nuevo Defensor del Pueblo de Paraná

Defensoría del Pueblo

El mandato de Donadío vence en noviembre próximo.

La viceintendenta de Paraná, Josefina Etienot, adelantó este jueves, durante la sesión, que la convocatoria para el cargo de Defensor del Pueblo de la ciudad deberá abrirse a inicios de septiembre. Así deberá hacerse para poder cumplir con los plazos estipulados, de publicación e impugnaciones, y llegar con la designación a noviembre, fecha en que caduca el mandato de la actual gestión, a cargo del Adjunto Pablo Donadío, que reemplazó a Luis Garay tras su jubilación.

Tal como señala la Oordenanza 8391, de creación de la Defensoría del Pueblo, el mandato "tendrá una duración de cinco (5) años, pudiendo ser reelegido por un solo período consecutivo". Tanto Garay, hoy jubilado, como Donadío, fueron elegidos en 2009 por el Concejo Deliberante, y reelegidos en noviembre de 2014. Este año vence el mandato y deberá realizarse una nueva convocatoria para cubrir el cargo. La propia Etienot reconoció este jueves que ya "hay una multitud de consultas", consignó Apf.

El proceso de selección implica la apertura de un registro, por un periodo no inferior a 15 días, para que los ciudadanos, por sí o a través de organizaciones no gubernamentales, hagan sus propuestas respecto de postulantes con antecedentes curriculares que las fundamenten. "Sólo serán considerados candidatos aquellos postulantes que hayan sido propuestos por uno o más integrantes del Honorable Cuerpo, Departamento Ejecutivo o con aval de un número de ciudadanos no menor al 0,5 % del último padrón electoral", señala la norma.

Vencido ese plazo se publican los antecedentes y se abre el período de 7 días para formular impugnaciones u observaciones.

Además de la terna del nuevo defensor Titular y Adjunto, y también se avanzará con la designación del defensor de Adultos Mayores de Paraná.

El Defensor o Defensora del Pueblo será designado por el Concejo Deliberante en sesión pública convocada a tal efecto, y deberá contar con el voto favorable dos terceras partes de los miembros presentes.

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