Sección

Revocaron los procesamientos de Laura Alonso y Juan José Aranguren

Alonso y Aranguren

Revocaron los procesamientos de Laura Alonso y Juan José Aranguren.

La Cámara Federal revocó los procesamientos del ex ministro de Energía Juan José Aranguren y de la ex titular de la Oficina Anticorrupción Laura Alonso, por la causa en la que se investiga si beneficiaron a la firma Shell en la compra de gas a Chile en perjuicio del Estado.

Con la firma de los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, la Sala II del tribunal dictó la falta de méritos para ambos al considerar que las pruebas dispuestas hasta ahora no alcanzan para dictar un procesamiento, consignó Ámbito.

Sin embargo, los camaristas determinaron que "resta determinar con claridad cuáles otras empresas del rubro aumentaron sus importaciones, por qué motivos, en qué porcentaje -con relación a su abastecimiento en el mercado local- y por qué montos, para confrontar ello con la situación de Shell y obtener -o no- signos o particularidades propias de un eventual trato desigual".

De esta manera, pese que se dio marcha atrás con el procesamiento, se seguirá investigando si Aranguren se involucró para beneficiar a Shell, si las compras que hizo el Estado a la empresa estaban vinculadas con la necesidad estructural de abastecimiento de energía para el país, si el proceso de selección fue competitivo y si se realizó siguiendo las regulaciones aplicables a este tipo de compras.

"Se mantiene una situación de duda sobre el cariz (delictivo o no) de la conducta de Aranguren, que amerita investigar seriamente si concurrió de su parte un interés ilícito", resaltaron Irurzun y Bruglia.

El ex presidente de Shell estaba acusado de "negociaciones incompatibles con la función pública", en tanto que Alonso fue procesada por presunto encubrimiento (a Aranguren) y abuso de poder.

En el caso de la ex titular de la OA, los magistrados resaltaron que lo resuelto sobre Aranguren repercute directamente sobre ella, puesto que debe existir una maniobra delictiva para investigar a un tercero por encubrimiento.

Edición Impresa