
Por Manuel Lazo
Conflictos amparados ayer entre las sombras, se ven expuestos hoy a ser difundidos en segundos en una sociedad híper conectada. En simultáneo, crece el reclamo social de idoneidad e independencia judicial y la necesidad de concursos frente a las designaciones políticas en un ámbito donde se habla de “ciudadanos comunes”.
Fue precisamente en este medio en el que se publicó la primera nota de investigación sobre violencia laboral y dudosas gestiones para designar funcionarios en el Poder Judicial entrerriano, en especial, en los Juzgados de Paz. Tras la revelación de ANÁLISIS que puso al descubierto los hechos de violencia e inidoneidad atribuidos al ex Juez de Paz de Gualeguay, Sebastián Salem, y que culminaron con su destitución, se puede afirmar ahora que se incrementaron las denuncias contra funcionarios judiciales a punto tal que el listado amenaza con mostrar un crecimiento exponencial.
El caso Salem abrió las puertas para que empleados y funcionarios del Poder Judicial planteen sus reclamos en vía administrativa o judicial, en algunos casos, contra sus propios jefes. Acciones y conductas hasta ayer soportadas en medio de un monacal silencio, se exponen hoy ante los organismos receptores y en simultáneo trascienden públicamente visibilizando actos que pueden derivar en la misma “suerte” del ex Juez de Gualeguay. Basta citar el caso de la propia titular del STJ, Susana Medina quien debió denunciar cuando consideró ser víctima de violencia.
Palabras que matan
La diferencia sustancial entre aquellos tiempos y los actuales no parece radicar en un cambio de comportamientos sino en el miedo a ser denunciados. Audiencias donde algunos jueces desplegaban ante los justiciables un comportamiento autoritario, se han visto atemperadas merced a la implementación de las videograbaciones. “Fulano no cambió para nada. Ahora se cuida porque sabe que lo están grabando”, comentó una letrada en referencia a un magistrado cuyas actitudes han dado que hablar desde tiempos remotos.
Si las palabras escogidas muchas veces nos definen, la existencia de una doble vara desde los estrados judiciales resulta inocultable con solo escuchar las declaraciones periodísticas de funcionarios que se refieren a los ciudadanos comunes, a diferencia de la existencia de otros que, se presume, serían especiales en su particular concepción.
En ese contexto sociocultural de entrerrianos judiciales y comunes, cualquier interesado puede conocer en pocas horas los conflictos provinciales y como se resuelven. La mayoría de las localidades no superan los 100.000 habitantes y, de éstas, muchas no llegan ni a la mitad. Por eso, lo que por la mañana se quiere ocultar bajo la alfombra, al mediodía se comenta en cada casa, a la tarde en el barrio y, al día siguiente, en cada pueblo.
Quien pretenda impunidad o silencio por parte de un “subordinado”, sea una orden de hacer caso omiso a una denuncia, demorarla ex profeso, o esconder las razones de una internación, quizás pueda lograrlo. Eso sí, por poco tiempo. Imaginemos a un policía que recibe una llamada de la esposa de un funcionario denunciando violencia doméstica. P0drá ser instruido para que no intervenga pero sin dudas, lo expondrá a sus compañeros de armas. De allí en más, el descrédito por su jefe y por el funcionario golpeador comienza a caer barranca abajo creciendo con la misma velocidad con la que se difunde lo ocurrido. Las acciones necesitan de hombres, y el conocimiento en manos de estos últimos inevitablemente se difunde. Y así con todo. “El pobre se emborracha y el rico se indispone”, decían los abuelos. Pero no contaban con whatsapp ni videos en tiempo real para demostrar que no hay tantas diferencias en los comportamientos de ambos.
La existencia de una doble vara a la hora de analizar qué lugar ocupa uno u otro se puede advertir según el trato que reciben tras una denuncia de violencia doméstica o laboral. Para el ciudadano común, una mera denuncia por supuesta violencia doméstica implica, en la mayor parte de los casos, la llegada de un patrullero, la exclusión del hogar en horas, tener que llevarse sus mínimas pertenencias y a comenzar a trajinar un derrotero de meses, o incluso años para demostrar su inocencia frente a un supuesto hecho, por lo general sin testigos y en la intimidad de un hogar. Si después se determina la inexistencia o falta de mérito, poco importa: el daño ya está hecho.
Es un secreto a voces que algunos fiscales están en desacuerdo con las órdenes que reciben, pero temen por la estabilidad laboral. La constitucional presunción de inocencia choca contra lo que desde las fiscalías consideran acciones preventivas: “Rige el sistema de `por las dudas te excluyo y cuido lo mío`”, comentó un abogado consultado sobre el tema, al tiempo de reconocer que tal metodología abrió el camino a situaciones abusivas y extorsivas en procura de excluir a un marido o padre molesto, escondiendo, por ejemplo cuestiones patrimoniales: quedarse con la casa, el auto, etc. o temas sentimentales: actuar como consecuencia de infidelidades, apartar al padre molesto por un noviazgo, etc.
La doble vara también rige en materia de violencia laboral. En el mundo de los ciudadanos “comunes”, las victimas suelen terminar renunciando a sus trabajos, separadas o divorciadas de sus parejas (aspecto del que poco se sabe), destruido el entorno familiar, sometidas a incontables entrevistas y sesiones de psicólogos en un permanente circo donde se las revictimiza. El uso de la doble vara podría apreciarse en como resolvió el tribunal de la Sala N° 3 de Trabajo del STJ la situación del Doctor Juan José Ardoy, a cargo del Juzgado Laboral N°3 de Concepción del Uruguay, a quien halló culpable del delito de violencia sexual y laboral contra una empleada judicial que lo había denunciado por acoso, en base a las pruebas presentadas ante el STJ y el reconocimiento del funcionario, conforme lo publicado. El fallo fue duramente criticado pues, en lugar de iniciarse un jury para desplazar al juez y proteger a la víctima, se resolvió suspender al primero por un mes sin goce de haberes ordenando se capacite en tema de género en el marco de la Ley Micaela, olvidando que es obligatorio para agentes del Estado. La víctima, se limitó a declarar: “Tengo escasas expectativas de que se haga justicia, pero sigo sintiendo que vale la pena no callar, aun cuando el propio sistema en el que trabajo se arraiga en bases del patriarcado”.
Concursos en Juzgados de Paz: deuda pendiente
Ojalá desde la presidencia misma del STJ se tenga en claro que la concurrencia de los ciudadanos en busca de apoyo judicial comienza en los Juzgados de Paz. Y por ello, mas allá de las fotos y de las sonrisas de turno, a puertas cerradas se sabe que la suerte e imagen de una gestión depende de la atención brindada por personas idóneas y designadas por concurso, lo que debe defenderse contra viento y marea en procura de levantar la alicaída imagen dejada por el caso Salem en Gualeguay, cuya cobertura por concurso aún se encuentra pendiente. Se afirma también en pasillos de muchos tribunales que existen presentaciones en la provincia que dan cuenta de la falta de imparcialidad u objetividad, esto último atado muchas veces a la dependencia de jefes políticos que promovieron designaciones.
No es un dato menor lo revelado por una calificada fuente que hizo saber que Susana Medina, seguiría de cerca el actual traslado de los juzgados de Paz paranaenses al edificio central del Superior Tribunal. Con el incremento de la competencia de los Juzgados de Paz, recayendo en algunos, la responsabilidad de pronunciarse sobre cuestiones vinculadas con la violencia de género y laboral, la exigencia de funcionarios independientes es inevitable.
La intervención del Consejo de la Magistratura en la realización de concursos públicos de oposición y antecedentes, como Gualeguaychú y Paraná, se perfila como la herramienta ideal a la que recurrirán los intendentes que no deseen quedar pegados a sus protegidos en una sociedad que cada vez estrecha más su mirada a la hora de poner el voto.Y es así pese a que en una importante ciudad entrerriana, la negativa de un Presidente Municipal a designar a un abogado de su equipo al frente del Juzgado de Paz, le impuso el costo de romper el bloque oficialista el Concejo Deliberante. “Todos somos amigos, pero cuando la cosa se complica nadie te atiende el teléfono”, sostuvo un viejo conocedor de las intrigas palaciegas.
El caso Crespo
La ciudadana C.M.E denunció en el año 2020 por abuso sexual simple a un funcionario de la Dirección de Tránsito municipal de la ciudad de Crespo. Conforme su defensa, la víctima solicitó apoyo a sus superiores y pese a su capacitación, fue derivada a recolectar basura. Este año, denunció por violencia de género en el contexto laboral, de acuerdo con la Ley 26485 y las normas provinciales. La Jueza de Paz de Crespo, Silvia Rochas, se declaró incompetente remitiendo la causa al Juzgado Laboral que también se declaró incompetente y luego de una audiencia donde la víctima fue escuchada, la Cámara Contencioso Administrativa de Paraná, devolvió la causa al Juzgado de Paz. A partir de allí –según la defensa consultada- la Jueza Rochas continuó interviniendo y lo hizo en violación a normas de protección por la victima a nivel constitucional y supraconstitucional, tales como nunca haberla escuchado y permitir al municipio acceder a la demanda sin que se hubiere corrido traslado, celebrar audiencias de testigos sin presencia de los abogados de la víctima, pedir informes que solo favorecían a la demandada, rechazar medidas preventivas, no contestar presentaciones, y en un mismo día, rechazar un recurso de revocatoria y en menos de una hora, dictar una sentencia que desestima la denuncia, todo ante un pedido de despacho urgente.
Sostienen que Rochas fue designada Jueza en 2003, sin concurso previo y al abrigo de la vieja ley 3001; esto es, por elevación del Honorable Concejo Deliberante de Crespo a petición del entonces intendente Dario Schneider quien no solo sería hoy el representante legal de la municipalidad denunciada, sino que en la misma se habría desempeñado, en el área de la mujer hasta el 16 de junio de 2022, la hija de la jueza recusada, debiendo la victima concurrir a dicha dependencia. Mientras que C.M.E se encuentra bajo atención psiquiátrica y médica, Rochas fue recusada, habiendo asumido su Secretaria, a quien la defensa de la víctima atribuye ejercer acciones que estarían destinadas a inclinar la balanza más a la defensa de su jefa que a la resolución del conflicto. Por tal motivo, la situación de Crespo se encamina a ser un nuevo dolor de cabeza para la titular del STJ.
A lo antedicho se suman denuncias en la Histórica por parte de un grupo de abogados contra el titular del Juzgado de Trabajo Nº 1, Eduardo Elías Flores, por supuesto mal desempeño, incumplimientos, funcionales y graves desórdenes de conductas.
Cabe recordar que existe la posibilidad que las victimas presenten incluso una denuncia a nivel internacional mediante la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos en aquellos casos en que consideren que no se halla garantizada la independencia de la justicia como elemento fundamental de la vida democrática. “El ejercicio de la judicatura y su protección, son objeto de distintos instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos “postula la organización que ratifica “su intención de defender la Independencia de la Justicia como valor fundamental de la convivencia democrática y en defensa de la Constitución Nacional. La APDH valora que haya funcionarios dispuestos a defender el Estado de Derecho y garantizar la dignidad de todas las personas por igual, al margen de ideologías o de pertenencias culturales”.