Hay que encarar desde otra óptica el debate

Por José Iparraguirre (*)
Todo discurso de orden y castigo nos parece facilista, falaz y fascista: facilista, porque trata de resolver un problema tan complejo como es la seguridad desde un solo punto de vista, el de la represión; es una práctica mentirosa porque de hecho no ha resuelto el tema de la inseguridad, no hay menos internos en las unidades penales y la tasa de delitos sigue aumentando; y es fascista porque claramente tiene que ver con una concepción autoritaria de las relaciones sociales.
En nuestra legislación, hasta los 14 años los menores son inimputables, por lo tanto se tiene que aplicar una medida de seguridad frente a un menor que ha cometido delito, como un tratamiento o seguimiento a cargo de equipos técnicos de los juzgados de menores; de 14 a 16 años, si los delitos que se les imputa tienen penas que no superan los dos años de prisión, tampoco son punibles; y si superan los dos años son eventualmente punibles, es decir, los jueces pueden resolver en el caso concreto, la aplicación de una pena de encierro o no, que en la mayoría de los casos tratan de evitarlo, protegiendo y tutelando los intereses del menor. De 18 a 21 años, si bien siguen siendo menores, son juzgados con el mismo régimen de los mayores, con la única diferencia que en Entre Ríos son enviados al instituto de menores de Victoria.
Este sistema no resuelve para nada el aumento en la tasa de delitos, de penas, de conductas que se reprochan como hechos delictivos o de lo que se denomina en general “inflacionismo penal”. La reducción de la edad de imputabilidad de los menores no va a resolver el aumento de la tasa delictiva porque lo que vemos es que, en la medida de que no se ataque a las verdaderas organizaciones mafiosas vinculadas con el delito, la tasa seguirá subiendo.
Por lo tanto, es cierto lo que dijo el ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Raúl Zaffaroni, de que el Derecho Penal de menores no tiene las garantías de un proceso de mayores porque, en principio, es un sistema paternalista –los jueces penales de menores tienen muchas facultades y un arbitrio importante para la toma de decisiones–. Pero en los hechos concretos, en el funcionamiento real de la instrucción, los juzgados penales de menores muy pocas veces aplican sanciones de arresto. Y esto último me parece que está bien: en el caso de los menores que cometen hechos delictivos hay que ver cómo se hace un trabajo alrededor de los equipos técnicos de los juzgados para poder encausarlos y sacarlos de la actividad delictiva. Ingresarlos a una unidad penal, aunque sea una unidad penal de menores, significa lisa y llanamente el comienzo de una carrera delictiva aún mayor.
Creo que detrás de un discurso garantista lo que estamos haciendo es condenar y mandar a prisión o encierro a muchísimos más chicos, pero con garantías. Eso a mí no me satisface porque que está claro que la pena de encierro no resuelve el aumento del delito –los altos índices de reincidencia son claramente demostrativos de que las cárceles son “universidades del delito”, como dijo el criminólogo Elías Neuman–, y por lo tanto hay que tomar el problema desde otra óptica. Acá, en la medida que se profundiza la exclusión social, los delitos seguirán aumentando. Nadie se puede sorprender por lo que hemos llegado en niveles de inseguridad después de los ‘90 en la Argentina, ni tampoco de la existencia de organizaciones mafiosas, muchas veces vinculadas con el aparato policial y político que, en general, son las que cometen los delitos más graves como narcotráfico, piratería del asfalto, trata de blancas. Hay que encarar desde otra óptica el debate.
(*) Abogado penalista.