Tardía respuesta del IOSPER a un pedido de información pública

Cuando quiero y como quiero

Edición
908

Oscar Londero
(Especial para ANALISIS)

El Instituto de la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER) omitió responder cuántas ligaduras de trompas de Falopio y vasectomías autorizó entre 2008 y agosto pasado por pedido de sus afiliadas y afiliados. No sirvió de nada haber invocado el Reglamento General de Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo ni la presentación de una denuncia ante la Oficina Anticorrupción y Ética Pública (OAEP).

Vencido el plazo legal de 10 días hábiles que establece el decreto 1.169/05 GOB –que define cómo se debe pedir información oficial al Poder Ejecutivo-, desde la obra social de la provincia se indicó a través de una nota enviada por correo privado: “Respecto del menú prestacional (sic), no están contenidos en el programa, pero de solicitarse se autorizarán bajo el sistema SAI, dentro de las homologaciones previstas dentro de los convenios”.

El 13 de agosto pasado, tal como informó ANALISIS en su edición 904, se le preguntó a la conducción del IOSPER si su programa de cobertura “reconoce o incluye las prácticas denominadas ligaduras de trompas de Falopio y ligadura de conductos deferentes o vasectomía, conforme están admitidas en el artículo 6º inciso b) de la Ley 25.673 (Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable)”. Y que en caso de respuesta afirmativa precisara la cantidad de intervenciones solicitadas y autorizadas, con detalle de los porcentajes de gastos cubiertos.

Si bien el pedido de información fue dirigido al presidente del IOSPER, Silvio Moreyra, la respuesta corrió por cuenta de Carina Isaurralde, jefa de Despacho del organismo, como ilustra el facsímil que acompaña este artículo.

En su misiva, fechada el 30 de septiembre y entregada cuatro días después, la funcionaria señaló que “este Instituto no se encuentra alcanzado por el PMO (Programa Médico Obligatorio) ya que se encuadra dentro de las obras sociales provinciales, por lo tanto no se reciben recursos a los ya dispuestos para organizar programas y coberturas que los ya implementados”.

Se trató de una explicación inadecuada ya que el Programa de Salud Sexual y Reproductiva incluye la ligadura de trompas y la vasectomía como métodos de planificación familiar. Y a eso se suma que la Ley 26.130, de Anticoncepción Quirúrgica, impone la cobertura por parte de las obras sociales.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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