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Tala: denuncian irregularidades en la entrega de un terreno a una asociación civil

Municipio

Municipalidad de Rosario del Tala.

Concejales del Frente para la Victoria (FpV) señalan irregularidades en la entrega de un terreno municipal a una asociación civil. María Inés Ríos, concejal del bloque contó a ANÁLISIS que la Municipalidad cedió parte de una manzana en la que está el corralón municipal. “Habían prometido que iban a destinar ese lugar para el área Mujer que nunca se creó”, señaló la edil.

La cuestión es que el terreno fue entregado por parte del intendente Hugo Pitura (Cambiemos), en comodato a una Asociación Civil sin autorización del Concejo Deliberante. “Se trata de la Asociación Talita Kum y, casualmente, la esposa de Pitura fue presidenta y ahora forma parte de la Comisión Directiva”, agregó Ríos.

 Actualmente Talita Kum funciona en otro lugar. “El comodato es por 30 años y los autoriza a que construyan ahí su sede. Tienen obligación de pasarlo por el Concejo, por la Ley Orgánica Municipal”.

El bloque del Frente para la Victoria que integra Ríos, presentó un pedido de información al Ejecutivo Municipal donde señalan la cuestión. “Inclusive hay una ley provincial de por medio, porque el inmueble no es del municipio sino del Superior Gobierno de la provincia que en su momento le permitió al municipio tener el corralón ahí. El año pasado se hizo una ley provincial por la cual ese inmueble se transfiere al municipio pero al solo efecto de que tenga el corralón, vivero y otras cosas pero no para que lo use un privado”, manifestó Ríos y acotó: “Nadie dice de no ayudar a Talita Kum, pero no en ese lugar”.

“Le planteamos al intendente que revea la cuestión porque ya se van y nos queda este lío a nosotros. La Asociación Civil todavía no se mudó. Hay tiempo de remendar la situación. Le dijimos al intendente que si no revé lo vamos a denunciar por incumplimiento de los deberes de funcionario público porque se excedió. Entregó algo que no era de él en comodato. Además, en la Asociación que benefició está la esposa del intendente”      

La entrega del terreno fue en junio. “Le pedimos 15 días para que nos conteste, conforme a una ordenanza que sancionamos. Porque según la Ley Orgánica tienen 120 días para responder o 90 días, según el artículo. En ese plazo él se iría de la Intendencia y necesitamos que nos responda antes”, añadió Ríos.   

Pedido de informes

A continuación se reproduce el pedido de informes que hizo el bloque de concejales, quienes advirtieron al intendente que de no contestar, lo denunciarán por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

“Concejo Deliberante de la Municipalidad de Rosario del Tala

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Rosario del Tala, 28 de Octubre de 2.019.-

SR. PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE ROSARIO DEL TALA

Sr. Gregorio Vaschchuk

S U D E S P A C H O

PEDIDO DE INFORMES

Los abajo firmantes concejales por la Unión Vecinal Talense, solicitan al Sr. Presidente Municipal de Rosario del Tala, Sr. Hugo Pitura que dé explicaciones e informes sobre el siguiente tema:

RESPECTO DE LOS COMODATOS REALIZADOS CON LA COMISION DIRECTIVA de la Asociación Civil “ Talita Kum” en fecha 3 de junio de 2019 y con la Junta de Gobierno de Sauce Norte en 15 de junio 2019, EN VIOLACIÓN A LA LEGISLACIÓN vigente municipal y provincial y a las disposiciones del Código Civil.-

Informe y explicaciones RESPECTO DEL COMODATO a Favor de TALITA KUM

1°) Se viola la ley orgánica de Municipios n° 10.027, en su art. 11, inc a).1, cuando se establece que el municipio podrá…. “ dar en comodato, locación o donación parcelas de terrenos, todo según el régimen que se establezca por ORDENANZA” (SIC).-

Y ACÁ TENEMOS QUE NO HA HABIDO ORDENANZA que autorice el comodato de un predio municipal a la Asociación Civil TALITA KUM.- Sólo un contrato entre el Presidente Municipal y Talita Kum.-

2°) Adjuntamos informe de dominio expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble local EN FECHA 28 DE OCTUBRE DE 2019 y el inmueble que se pretende dar en comodato a Talita Kum, NO ES DE TITULARIDAD DOMINIAL del MUNICIPIO de Rosario del Tala, sino del SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA.-

Entonces tenemos que el contrato firmado con Talita Kum es NULO DE NULIDAD ABSOLUTA, por violar el art. 1535 inc b) del Nuevo Código Civil y Comercial , que dice :” PROHIBICIONES: NO PUEDEN CELEBRAR CONTRATO DE COMODATO ;A)… B) los administradores de bienes ajenos públicos o privados, respecto de los confiados a su gestión, excepto que tengan facultades expresas para ello” (SIC)

Y EL Sr. Presidente Municipal, Sr. Hugo Pitura, es administrador del predio donde está el Corralón Municipal y NO TIENE NI HA TENIDO EN NINGUN MOMENTO DE SU GESTION, facultades expresas para dar en comodato ni tan siquiera una parte de dicho inmueble.-

3°) Ley provincial n° 10.585 sancionada en 17 de mayo de 2018, donde se ordena la transferencia del inmueble donde en la actualidad está el Corralón municipal al municipio de Rosario del Tala con un destino especifico , que se transcribe : “con el objeto de que el predio en cuestión forme parte del patrimonio municipal, para seguir siendo utilizado como corralón y acopio de materiales de dicho municipio, vivero municipal y depósito de autos retenidos por infracciones de tránsito..-“

Por ello, el comodato firmado por el Presidente Municipal Hugo Pitura y Talita Kum es nulo de nulidad absoluta porque viola lo dispuesto por una ley provincial en cuanto a afectación y uso de un inmueble.-Ya que la ley 10585 es una donación con fin especifico.-Si ese fin no se cumple, se puede dejar sin efecto la donación.-

4°) El contrato de comodato con Talita Kum NO TIENE FACULTADES RESOLUTORIAS.- No tiene en cuenta el tiempo de constitución de la Asociación Civil Talita Kum , no delimita superficie, no establece ningún cargo , es decir, ninguna contraprestación de Talita Kum a favor del municipio , cuando conforme la moderna doctrina iuspublicista ello es de rigor.-

Aquí la pregunta y explicación que se requiere , son las siguientes :

1°) Como se ha elaborado un contrato de comodato con una asociación Civil, violando ordenanzas , leyes provinciales y el Código Civil?

2°) Quien ha sido el autor intelectual del contrato?

3°) Está el Sr Presidente Municipal en conocimiento que todas las violaciones legales apuntadas lo hacen pasible de ser denunciado penalmente por INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO?

Informe y explicaciones RESPECTO DEL COMODATO CON LA JUNTA DE GOBIERNO DE SAUCE NORTE:

1°) Se viola la ley orgánica de Municipios n° 10.027, en su art. 11, inc a).1, cuando se establece que el municipio podrá…. “ dar en comodato, locación o donación parcelas de terrenos, todo según el régimen que se establezca por ORDENANZA” (SIC).-

Esto es aplicable también a bienes muebles registrables.-

2°) No se establece ningún tipo de exención de responsabilidad por accidente que ocurra y en el cual esté implicado el acoplado dado en comodato.-

3°) El Sr. Presidente Municipal es administrador de los bienes públicos del estado, y por ello, para darlos en comodato a otra institución o agente del estado en este caso provincial, DEBE ESTAR AUTORIZADO POR ORDENANZA y no moverse por su sola voluntad ( o capricho?).-

Aquí la pregunta y explicación que se requiere , son las siguientes :

1°) Como se ha elaborado un contrato de comodato con una Junta de Gobierno , violando ordenanzas , leyes provinciales y el Código Civil?

2°) Quien ha sido el autor intelectual del contrato?

3°) Esta el Sr Presidente Municipal en conocimiento que todas las violaciones legales apuntadas lo hacen pasible de ser denunciado penalmente por INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO?

COROLARIO_

Ante la gravedad de las irregularidades apuntadas, de no ser contestado el informe en el plazo de 15 dias conforme ordenanza 1647 , ponemos en conocimiento del SR. Presidente Municipal que actuaremos conforme nuestra obligación de funcionarios públicos , realizando la pertinente DENUNCIA PENAL a fin que el Ministerio publico fiscal determine las conductas ilícitas cometidas, y se apliquen las sanciones pertinentes.-

Este Bloque deslinda su responsabilidad por las conductas antijurídicas apuntadas.-

Saludamos a Ud.

Alfredo C. Frigo Maria Ines Ríos

Andrea S. Minaglia Daniel O. Barbarov

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