La suerte de “Don José”

Federico Malvasio
El último 21 de septiembre fue un día primaveral para “Don José”. La jueza Marina Barbagelata firmó su sobreseimiento en una causa por estafa que se inició en octubre de 2004. El hombre cargaba con una denuncia en su contra en la que se le atribuía haber emitido durante un año cheques apócrifos contra una cuenta del Banco Río de la Plata de la firma Casa Top Sociedad Anónima.
La investigación fue iniciada a raíz de la denuncia presentada por Carlos Rubén Fernández, presidente del Directorio de Casa Top, firma dedicada a la construcción de obras civiles y negocios inmobiliarios que operaba en Paraná. La empresa nacional había participado de la realización de los edificios Torre Cervantes, ubicada en la esquina de Cervantes y Santiago del Estero, y Altos de Nogoyá, en Nogoyá casi Corrientes. El acusado habría emitido de forma fraudulenta 755 cheques con graves irregularidades que incluyeron hasta la falsificación de la firma de algunos de los socios, según se pudo comprobar.
La Causa Número 37.879, caratulada “Carmona, Roque José s/estafa”, se inició en principio para evitar el pago de los cheques. Por esos días el hombre estaba detenido en Paraná a requerimiento de la Justicia paraguaya por otras escandalosas estafas en ese país.
En su presentación ante el juez Gustavo Maldonado, el titular de la firma, integrada también por César Augusto Fernández y José Carlos Aladio Calveira, señaló a Carmona como la persona designada desde el inicio de las obras ejecutadas en esta ciudad para su administración, con todas las responsabilidades inherentes a tal cometido. Así, el hombre se convirtió en la cara visible de la empresa y en el personaje de la construcción bajo el amigable reconocimiento “Don José”.
Según se pudo establecer, Carmona giraba semanalmente al Directorio de la empresa una minuta en la que especificaba a qué proveedor se le debía, el monto a abonar y por qué concepto. Esa nota era acompañaba por un informe sobre la justificación del gasto y el respectivo cheque sin firma. Tras un contralor, y de resultar aprobado, se firmaba el valor y se devolvía a Carmona o Aladio para que cualquiera de ellos lo completara con su rúbrica, puesto que aquel había sido habilitado, previo acuerdo entre los socios, para operar con cheques y con su firma contra la cuenta corriente de la mencionada entidad financiera. Pero existía un requisito insalvable: la orden conjunta se legitimaba únicamente cuando los valores llevaban la rúbrica de uno de los hermanos Fernández con la de Aladio o la de Carmona.
(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)