
El gobierno provincial suspendió las resoluciones del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos respecto de las medidas arancelarias que dispuso la entidad, que, en consecuencia, quedan sin validez. La medida está contenida en el Decreto 322/23 MGJ, de este 24 de febrero, firmado por el gobernador Gustavo Bordet y la ministra de Gobierno Rosario Romero.
Según el texto, al que accedió ANÁLISIS, la decisión fue tomado tras el planteo realizado por algunos miembros del Círculo Odontológico de Paraná y también en carácter de afiliados al Colegio de Odontólogos de Entre Ríos. Así, solicitación que se disponga “como medida precautoria la suspensión de las Resoluciones N° 387/21 y N° 404/21, normas complementarias y decisiones sancionatorias fundadas en incumplimiento de normas arancelarias, ordenándole al Colegio de Odontólogos de Entre Ríos que se abstenga de la aplicación de dicha normativa como así también considere expresamente el ámbito de actuación y competencia de dicha entidad en materia de fijación de honorarios y aranceles para la actividad odontológica, evitando toda acción invasiva de estas últimas”, para lo cual citan “una anterior presentación ante la misma cartera ministerial, y del avance de la causa judicial paralela a dicho cauce, en pos de obtener declaración de nulidad de los actos ya mencionados”.
Tras detallar los argumentos, en los considerandos del decreto se señala que “se sugiere a futuro además, la concertación de una mesa de debate y posterior consenso que propenda al dictado de normas sobre la temática que respeten el reparto de competencias y atribuciones asignado por el bloque de mayor jerarquía”.
Así, resolvió en el artículo1: “Hágase lugar a la presentación realizada por miembros del Circulo Odontológico de Paraná y en consecuencia suspéndase en Sede Administrativa lo dispuesto por las Resoluciones N° 387 de fecha 27 de marzo de 2021 y N° 404 de fecha 27 de noviembre de 2021, ambas de la Comisión Directiva del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos, hasta tanto la cuestión se resuelva mediante mecanismos no adversariales y conciliatorios; conforme lo expresado en los considerandos precedentes”.