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Los nombres de las ternas que propuso el Senado para el cuerpo de síndicos fiscalizadores de OSER

En la sesión del Senado que se realizó este martes, el bloque Juntos por Entre Ríos propuso una terna de nombres para integrar el cuerpo de síndicos de la Obra Social de Entre Ríos (OSER). La bancada del Partido Justicialista, por su parte, pidió retirar la nota en la que había dado a conocer los suyos porque serán reemplazados. El Poder Ejecutivo deberá designar a dos profesionales surgidos de esas listas.

En la sesión de este martes, se dio lectura a los asuntos entrados y entre las comunicaciones oficiales se puso en conocimiento que el ministro de Gobierno, Manuel Troncoso, había enviado una nota pidiendo que se arbitraran los medios necesarios para que los bloques propusieran sus ternas.

El bloque del PJ, que ya había presentado una nota con sus nombres, pidió que se desestimara, dado que van a modificarlos y darlos a conocer en la próxima sesión. Según pudo saber ANÁLISIS, los propuestos inicialmente son Adrián Alberto Buffa, Pablo Martín Giampaolo y José Mariano Stebagñer. Finalmente, quedó afuera Giampaolo y se sumó Nicolás Parera Deniz.

Desde JxER, por su parte, fueron propuestos Juan Carlos Paludi, Claudio Miguel Galizzi y Alejandro Badaracco.

Los dos síndicos que finalmente sean designados cobrarán un sueldo similar al de un secretario de Estado, más la antigüedad que a cada uno pueda corresponderle si ha desempeñado cargos en el Estado.

El rol de los síndicos es regulado en el capítulo V de la ley de OSER. Allí se indica que la fiscalización de la obra social estará a cargo de dos síndicos nombrados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Senado a través de ternas elevadas por cada una de las bancadas.

Los síndicos fiscalizadores, según establece la norma, deberán poseer título de abogado, contador o médico; tener una antigüedad profesional comprobable mínima de 10 años dentro de la provincia de Entre Ríos y no estar comprendidos en las incompatibilidades previstas para los miembros del directorio.

Se precisa que durarán en sus funciones por un período de cuatro años, con posibilidad de renovación, por un período adicional. Y que podrán ser removidos, por decisión del Poder Ejecutivo, exclusivamente, cuando incumplan de manera reiterada sus obligaciones y funciones; por demostrar incompetencia técnica o profesional; por la comisión de actos que violen principios éticos, normas de conducta, o que comprometan la integridad de la OSER; por cualquier acto de malversación o uso indebido de los recursos; o por incumplimiento de los demás deberes propios de su cargo.

Entre los deberes y funciones se destacan: realizar auditorías; controlar la legalidad y transparencia de contratos y convenios; supervisar el funcionamiento general de la administración y la calidad de los servicios de salud ofrecidos; proporcionar información a los poderes Ejecutivo y Legislativo; y dar intervención a los organismos de contralor competentes en caso de detectar irregularidades.

También se establece que el presidente de la OSER deberá remitir a los síndicos, de forma cuatrimestral, un informe financiero de la misma, el que incluirá la marcha y desenvolvimiento de los distintos convenios, contrataciones y principales acuerdos realizados o en trámite, discriminando el total de los ingresos y egresos producidos en dicho lapso.

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