Sobre la suspensión de elecciones en Tucumán y San Juan
El artÍculo 6º de la Constitución Nacional habilita a las provincias argentinas a dictar su propia Constitución, bajo el sistema representativo republicano. una de las características principales del sistema republicano, según la clásica definición de Aristobulo del Valle , es la “periodicidad de mandatos”. Esto es, que quienes ocupen cargos